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Diez años de prisión para un joven que agredió sexualmente a una menor de 14 años en Lugo

LUGO, 2 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial ha condenado a diez años de prisión, más otros diez de libertad vigilada, a un joven por agredir sexualmente de una menor de edad, de 14 años en aquel momento, en un inmueble de la ciudad de Lugo.

Los hechos, según recoge el fallo de la Sección Segunda del pasado 27 de octubre, ocurrieron en una fecha sin especificar entre el 24 de diciembre de 2018 y los primeros días de 2019. Por aquel entonces, el agresor tenía 18 años y la víctima, 14.

Los magistrados relatan en la sentencia cómo un día por la tarde el acusado y la menor, que eran amigos, acordaron “por indicación del condenado, argumentando que hacía frío”, dirigirse al interior de un inmueble. Allí, a pesar de la resistencia física de la chica, el joven la agredió sexualmente en un descansillo tras desplazarla “por la fuerza” y ponerle una mano en la boca para que no gritase.

La principal prueba que manejó el tribunal fue la declaración de la víctima, que fue “plenamente creíble”, sin “exageración alguna en la narración de los hechos”. De hecho, destacan –en la línea de lo que exige sel Tribunal Supremo– la “persistencia en la incriminación”, ya que mantuvo el relato “a lo largo del tiempo” sin “modificaciones ni alteraciones”, tanto al presentar la denuncia ante la Policía Nacional como en la sede judicial.

Durante el juicio, el acusado llegó a alegar que en aquella época, en las Navidades entre 2018 y 2019, no se encontraba en la ciudad. Sin embargo, esta versión fue desmentida por las declaraciones de otros testigos –entre ellos, una amiga de la víctima que entonces era novia del investigado– y por el análisis de unas fotografías guardadas en un móvil en las que salía el propio joven en fechas coincidentes con los hechos.

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Por todo ello, ha sido condenado por un delito de agresión sexual a un menor de 16 años a una pena de diez años de prisión, más otros diez de libertad vigilada a su salida de la cárcel. Además, no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con la víctima durante 20 años y tendrá que abonarle 20.000 euros por los daños morales causados.


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